martes, 13 de mayo de 2014

La unidad sindical. La experiencia entre USO y Naviera Fluvial Colombiana.


Como lo expuse ampliamente en mi artículo sobre pactos colectivos que pueden ver en http://www.usofrenteobrero.org/pdf/varios/2014/pactos_colectivos_edwin-palama.pdf , los pactos colectivos son herramientas que aparentemente desarrollan el derecho a la negociación colectiva, pero se ha convertido en una herramienta para golpear a las organizaciones sindicales minoritarias y por el contrario, atentar contra el verdadero derecho a la negociación colectiva. Concluíamos que en donde existan sindicatos, según la doctrina de la OIT, no deberían existir pactos colectivos porque el Estado debe promover la negociación con las organizaciones de los trabajadores.

Siempre he pensado y querido que los trabajadores que transportan hidrocarburos por el rio Magdalena debieran ser afiliados a la USO. La USO intentó su afiliación en el año 1993 y el Ministerio del Trabajo negó las afiliaciones por considerar que la industria de transporte fluvial no tenía nada que ver con la de transporte de hidrocarburos, aunque en la práctica siempre han transportado el 98% de los hidrocarburos para ECOPETROL entre Cartagena y Barrancabermeja. No obstante lo anterior, eso no fue óbice para que no asesoráramos a los compañeros tradicionalmente explotados por ECOPETROL y nos pensaramos a mediano plazo un proceso de unidad sindical.

En la Naviera Fluvial Colombiana siempre ha existido un sindicato de base de nombre SINTRANAVIERA, que tradicionalmente agrupaban a los trabajadores de astilleros (mantenimiento), dado a que por las precarias condiciones de los trabajadores de remolcadores (tripulantes), éstos siempre habían sido sometidos a un pacto colectivo. Empezamos en el año 2012 un proceso de concientización de esos compañeros, luego hablamos con SINTRANAVIERA para que los aceptaran en sus filas y así crecieran en afiliados, dado a que ya estaban desapareciendo. Durante un año largo hicimos una campaña silenciosa de afiliación entre SINTRANAVIERA y la USO a bordo de los remolcadores de propiedad de la empresa. Los trabajadores ya estaban cansados de la explotación laboral y aceptaron nuestra invitación.

SINTRANAVIERA modificó sus estatutos, los incluyó y además en la redacción del pliego se pidió para ellos estabilidad laboral y derechos sindicales. Al momento de iniciar la negociación, notificamos más de 90 afiliaciones de esos compañeros lo que los dejaba cubiertos por los efectos del fuero circunstancial y tenían que discutirse sus peticiones en la mesa. La empresa se opuso rotundamente, pretendía mantener la absurda división ilegal pero histórica entre tripulantes y astilleros, nosotros supimos y pudimos romper eso. Una vez notificadas las afiliaciones pedimos acabar el pacto colectivo e incorporar el articulado del mismo al texto convencional, ya SINTRANAVIERA era más de la tercera parte dentro de la empresa y debía aplicarse la previsión del artículos 481 del código laboral.

En simultáneo la USO le ha venido planteando a ECOPETROL S.A. hacer modificaciones contractuales con condiciones laborales y salariales mínimas para los tripulantes. El día de ayer se firmó la convención después de tantas discusiones, SINTRANAVIERA logró romper un yugo de más de 30 años como lo era el pacto colectivo, salvar el sindicato y fortalecer las filas del mismo, máxime si se tiene en cuenta que el control de la producción lo tienen los compañeros tripulantes a quienes se les consiguió, en el marco de la negociación, permisos para asistir a las asambleas sindicales.

La empresa en el artículo 1 de la convención amarró a como diera lugar la imposibilidad legal de SINTRANAVIERA de fusionarse con la USO como está decidido por ambos sindicatos. Por eso, todo lo anterior ocurría mientras yo demandaba la norma del código sustantivo del trabajo que han usado los patronos para impedir la fusión de sindicatos, el artículo 356. La CUT, la ENS y algunas universidades apoyaron mis pretensiones, el Procurador como era de esperarse se opone a ellas, la última palabra está en manos de la sala plena de la Corte Constitucional quien deberá decidir sí los trabajadores, conforme al convenio 87 de la OIT, tenemos plena libertad sindical o sí, como lo consideran los patronos, estamos limitados por el precitado artículo. Si la Corte Constitucional nos da la razón, la fusión entre la USO y SINTRANAVIERA es un hecho, de lo contrario, estaríamos buscando otras fórmulas de unidad sindical.

Mientras tanto, seguimos apoyando  a SINTRANAVIERA quien ahora modifica sus estatutos para recoger a otros trabajadores y fortalecer el sindicato con miras a que cuando esté en su cúspide, y con la bendición de la Corte Constitucional, haga parte de nuestro grandio
so sindicato para tener el control de la producción en el transporte fluvial de hidrocarburos y buscar mejores condiciones laborales para estos compañeros.

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