miércoles, 29 de mayo de 2019

Intervenciones del suscrito Presidente del sindicato en el descargo del compañero Ariel Corzo

Intervenciones del suscrito Presidente del sindicato en el descargo del compañero Ariel Corzo

Introducción

Sea lo primero advertir que Ecopetrol aquí no tiene forma de cumplir el fallo de tutela que ha ordenado respetar los principios mínimos del debido proceso y quiero referirme en particular a dos: el de imparcialidad y el de doble instancia.

Quisiera preguntar a Ecopetrol en esta instancia ¿Cómo va a garantizar el cumplimiento de la sentencia sin incurrir en desacato y fraude a resolución judicial?

En efecto, el fallo ordena “ajustar” el trámite sin que Ecopetrol hasta ahora haya puesto de presente cuál es el procedimiento le va a aplicar al compañero Ariel en este instante. Por ejemplo, si decidimos recurrir una negativa probatoria, ¿Cuál será la segunda instancia que nos va a garantizar el principio de doble instancia?

¿Cómo Ecopetrol va a garantizar el principio de imparcialidad? Ecopetrol aquí ha diseñado las normas, las ha aplicado a su antojo y oficiará como juzgador y ejecutor. En política, quien concentra todos los poderes es un dictador, ¿Cómo puede llamarse esto aquí entonces? ¿Acaso esta no es una empresa que se predica democrática? Quedan serias dudas sobre su carácter aun cuando insiste en un proceso que evidentemente es arbitrario.

Por demás, todos los términos están vencidos como se explicará. Ecopetrol fue notificado un 9 de mayo de 2019 por lo que debió aplicar el llamado a descargos en los dos días hábiles siguientes, cosa que no hizo por lo que puede entenderse que habría tolerado esta conducta que por demás se investiga en control disciplinario interno, el único lugar donde puede garantizarse lo que ha ordenado el juez de tutela.

Si aún Ecopetrol considera que está en los términos judiciales cumpliendo lo ordenado por una decisión constitucional, los hechos que se reprochan están del todo vencidos. No hay orden judicial que haya dicho que se reviven los términos convencionales. Esta es una conducta, que aún probada ya lleva más de 8 meses de haberse cometido, no hay ninguna consideración para que hoy sea censurada.

El recurso de aclaración o complementación deprecado por la empresa, fracasó. Es decir, la sentencia que protege los derechos fundamentales de mi camarada y amigo ha quedado en firme sin que pueda Ecopetrol seguir esquilmando la Constitución y la ley.

No hay explicación diferente a la persecución sindical y el acoso laboral para que estemos aquí sentados por cuarta vez. ¿A qué juega Ecopetrol? ¿Aplica el derecho laboral colectivo del enemigo?  ¿Quiere eliminar al contrario? ¿Al que simplemente no consiente sus decisiones empresariales? ¿Con eso quieren darnos una lección de democracia?
Sea la oportunidad para insistir en que Ecopetrol corrija este rumbo antisindical. Este no es el camino democrático que uno espera de una administración de la primera empresa del país. Mañana podremos tomar el control de esta compañía y prometemos no comportarnos igual que Ustedes, porque nos inspiran profundos sentimientos democráticos, los mismos que hoy reclamamos.

Esperamos respuestas concretas en estos momentos. ¿Cuál es el procedimiento que aplicará Ecopetrol al asunto que ahora ocupa nuestra atención? Recordando que el procedimiento debe ser previo. ¿Cómo cumplirá Ecopetrol la sentencia de tutela sin incurrir en fraude a resolución judicial? ¿Cómo garantizará el principio de imparcialidad y de doble instancia? ¿Respetará el principio de la no reforma en peor? Si Ustedes deciden seguir con este procedimiento de todas luces arbitrario sería bueno que respondieran estos interrogantes preliminares._

Intervención de cierre

Es evidente que aquí estamos ante una vía de hecho. Es una medida abiertamente discriminatoria porque el único dirigente sindical aquí sentado por esta conducta, es el que precisamente no la cometió. Acá se acaban de crear una segunda instancia, la sacaron del sombrero o debajo de la manga. Niegan el recurso de alzada diciendo que se resuelve cuando ya la decisión final esté tomada lo que deja en evidencia que la decisión es adversa y viola el principio de imparcialidad también protegido. No se garantiza la controversia probatoria, claro la empresa como va a tomar una decisión arbitraria seguramente lo que está en el expediente es suficiente, pero niega al compañero el ejercicio de defensa que vale la pena recordar fue también tutelado. Esa segunda instancia no está prevista en ningún reglamento ni siquiera está en el manual de control administrativo de Ecopetrol, por lo que cualquier decisión que tome ese funcionario es contraria a la ley y raya en el prevaricato en razón a que no está en su manual de funcional. ¿Cómo se garantiza el principio de imparcialidad aquí cuando la Ing. Mónica debería declararse impedida por estar siendo investigada administrativa y penalmente por quejas elevadas en su contra por el aquí encartado? Eso no es ético ni íntegro. Todo está por fuera de términos, sobre eso ya hemos profundizado.

¿Qué le pasa a Ecopetrol? ¿Cuál es el mínimo respeto por las reglas democráticas y por la legalidad? Ecopetrol dice odiar y reprochar las vías de hecho y sin embargo las practica como en esta ocasión. Aquí no se ha logrado probar la participación del compañero en la conducta censurada, aquí no se ha derruido la presunción de inocencia. Este es un capricho de funcionarios de Ecopetrol que no dan la cara, que no vienen a firmar estas arbitrariedades que únicamente buscan la eliminación del contrario. Estar aquí sentados por cuarta vez en menos de seis meses demuestra el animo de Ecopetrol de actuar contrario a derecho. Una empresa que cínicamente muestra en el concierto internacional ser respetuosa de los derechos humanos y tiene impuesto un código de ética que tiene la verdad como valor supremo, no puede ni debe actuar así. La verdad ante la que aquí estamos es que el compañero Ariel no es de su agrado personal ni político y hay una intención de sacarlo del juego. Eso no es democrático, eso es propio de una administración totalitaria, sorda ante los argumentos e irrespetuosa ante la ley. Este debate si Ustedes deciden llevarlo ante la Justicia Laboral lo van a perder con grandes consecuencias políticas y jurídicas, pero si allí lo perdemos no van a resistirlo ni ante el Comité de Libertad Sindical ni ante la Corte Interamericana de DDHH que acaba de declarar el derecho a la estabilidad laboral como un derecho autónomo precisamente en un caso íntimamente relacionado con la libertad de expresión y el derecho de asociación como aquí sucede .  Yo, personalmente, como presidente de este sindicato prometo que llevaré esto hasta las ultimas instancias necesarias porque considero que es contrario al derecho humano a la asociación sindical.

Por último y, no como menos importante, recuerdo que un incidente de desacato pondría al presidente de esta compañía en arresto. ¿Esto es lo que quieren sus subalternos con todo este teatro administrativo?