Del
sindicalismo norteamericano al sindicalismo colombiano.[1]
Por: Edwin Palma Egea[2]
Este trabajo no hubiese sido el mismo si lo hubiera
escrito antes de la visita a Las Vegas (Nevada) a la convención constitucional
de los United Steelworkers -USW- que se
desarrolló del 10 al 16 de agosto de los corrientes.
Además de poder presenciar un ejemplo de disciplina y
organización, me permitió entender por qué, particularmente ese sindicato tiene
línea directa con el Presidente de los Estados Unidos, uno de los hombres más
poderosos del mundo y líder de la principal potencia universal. Precisamente
Obama se dirigió al congreso de los trabajadores que reunió a más de 4000
delegados que representan a 900000 trabajadores y 87 delegaciones internacionales
entre las que Colombia hacía parte con sindicatos como FENSUAGRO, SINTRACARBON
y la USO.
La disciplina de los delegados, líderes y dirigentes
sindicales y su comportamiento en el evento es algo que poco se ve en Colombia,
por eso creo que de allí podríamos empezar a revelar una de las debilidades del
sindicalismo de nuestro país. Es indudable que a nuestro sindicalismo le falta
menos burocracia, menos adormecimiento, menos comodidad y más disciplina y
organización. Hacer sindicalismo no es fácil y menos en Colombia catalogado por
OIT como el primer país del mundo en violencia antisindical, pero hay cosas que
como veremos podemos hacer para contribuir al crecimiento de las tasas de
sindicalización.
Todos pensarían que los STEELWORKERS solo agrupa
a trabajadores del acero como la traducción literal de su nombre lo dice, pero
en la realidad no es así. A pesar de su sigla el nombre completo del sindicato
es “Sindicato Internacional de
trabajadores metalúrgicos, del papel y forestales, del neumático, de la
industria, de la energía, de las industrias y servicios afines” es decir,
es una especie de megasindicato, que traspasó las fronteras de Estados Unidos
para agrupar a los trabajadores canadienses. Cuentan ellos mismos que cuando
hicieron fusión con organizaciones de trabajadores en el sector universitario
se pretendió cambiar el nombre y el esquema corporativo y para tal efecto se
contrató una consultoría que concluyó que era mejor no cambiar el nombre por el
significado que tiene para el movimiento obrero estadounidense y su alta
incidencia política.
De esta breve explicación podemos encontrar en Colombia
varios obstáculos que no permitirían esto, al menos en la actualidad. La
legislación nacional en su artículo 356[3]
del código sustantivo del trabajo clasifica taxativamente a los sindicatos en
organizaciones de empresa, industria, gremiales y de oficios varios. Con esa
limitación de origen legal antes el Ministerio del Trabajo y ahora la justicia
laboral le ha dado la razón a los patronos para que los trabajadores no puedan
organizarse libremente como lo demanda el convenio 87 de la OIT[4].
En
una sentencia reciente, el Consejo de
Estado Colombiano[5]
anuló una reforma de estatutos
sindicales por considerar que un sindicato de la rama de salud no podía afiliar
a ciertos trabajadores del nivel ejecutivo del poder público. En esa sentencia
se sentó un pésimo precedente para la libertad sindical en Colombia al señalar
que: “En consecuencia y dado que se
infiere del artículo 356 del C.S.T., que los miembros del sindicato, deben
trabajar en empresas que se desempeñen en la misma industria o rama de actividad
económica, no es dable conformar una organización sindical, con trabajadores
que laboren en empresas u organismos que no tengan afinidad de actividades y de
sector.” Lo anteriormente dicho es una abierta intromisión en la libertad
sindical y una violación flagrante al artículo 2 del convenio 87 de la OIT.
La
misma corporación en sentencia del (17) de abril de 2013 Radicación número:
25000-23-24-000-2004-00316-01(1219-10) hizo un estudio INCONSTITUCIONAL del
articulo demandado y ordenó la nulidad de unos actos administrativos que
aprobaban reformas estatutarias sindicales porque en su concepto y por la
existencia del artículo 356 del CS del T los sindicatos que mezclaran dos
industrias no podían existir en Colombia y que de contera violaba el artículo 382
del estatuto laboral.
Por casos como el anterior, el suscrito procedió a
pedirle a la Suprema Corte Constitucional de Colombia que declarará ese
artículo contrario al convenio 87 de la OIT quien debe definir este año si los
trabajadores pueden organizarse libremente o sí mantiene la clasificación legal
que ha permitido que los sindicatos no crezcan.
Otra limitación legal al crecimiento de los sindicatos la
encontramos en los pactos colectivos que son los acuerdos firmados o suscritos
con trabajadores NO sindicalizados en los que generalmente se ofrecen mejores
condiciones que a los trabajadores sindicalizados y sin mayores traumatismos
por lo que vienen siendo preferidos por trabajadores. Si a esto se le suma que
los empresarios vienen aplicando unilateralmente
a los trabajadores no sindicalizados los beneficios alcanzados por los
trabajadores sindicalizados sin descontarles la cuota sindical lo que conlleva
a que el sindicato no crezca en razón de ofrecerles mejores condiciones a sus
afiliados. La norma prevista en el artículo 481 del Código Laboral prevé la
posibilidad de que existan acuerdos con trabajadores sindicalizados y con
trabajadores no sindicalizados, norma que encontró respaldo en la Corte
Constitucional pero sin embargo ha sido rechazada por la comisión de expertos y
por los organismos de control de la OIT quienes han concluido sin reparos que
cuando existe una organización sindical no pueden existir negociaciones con
trabajadores no sindicalizados[6].
La Central Unitaria de Trabajadores CUT, la mayor central
obrera colombiana, determinó en su quinto congreso hace 6 años, que se debería
implementar la consigna “más afiliados,
menos sindicatos” y que todos los sindicatos filiales de esa central que
agrupa a 900000 trabajadores colombianos, deberían hacer ejercicios de fusión
sindical para pasar de 1300 sindicatos a tan solo 16 de rama y actividad
económica. 6 años después, no solo la limitación legal antes expuesta, sino
también la poca voluntad política de grandes sindicatos de base han impedido
que ese mandato se haga realidad para copiar modelos sindicales fuertes como
los europeos o centroamericanos como el cubano. De los 16 sindicatos solo han
surgido dos, el SUNET que es
sindicato único (que tampoco es único aun) de trabajadores del Estado y el SNTT que es el sindicato nacional de
trabajadores del transporte que ha tenido una dinámica importante en el sector
y la firma de varios acuerdos colectivos, sin embargo aún, tampoco es “único” como se quisiera.
La experiencia norteamericana demuestra que lo que ha
facilitado la fusión de sindicatos es que no existen garantías sindicales como las conocidas en Colombia como fueros sindicales que ha hecho que en
una empresa o institución colombiana, existan hasta 30 sindicatos, que buscan
garantizar la tan debilitada estabilidad laboral existente en el régimen
laboral colombiano. Sobre el particular la Corte Constitucional emitió una
polémica sentencia[7]
que establece que en ocasiones fundar varios sindicatos es un abuso al derecho
de asociación sindical. Los otros factores que impiden o limitan la fusión de
los sindicatos son los cargos de representación y los activos del sindicato que
nadie quiere cederlos y que todos quieren tener el poder de visibilidad. Es
algo que debe superarse, anteponiendo la creación de un sindicato fuerte que
tenga capacidad de movilización y fortaleza en la negociación colectiva.
Otra desventaja que encontramos respecto de los USW es
que en Colombia y los países vecinos las legislaciones laborales son diversas
que hacen casi imposible la creación de sindicatos trasnacionales o la fusión
de los mismos. Por ejemplo ECOPETROL S.A., la primera empresa del país en
materia petrolera, con un gran sindicato como la USO no solo tiene inversiones
en Colombia que han mantenido otros objetos sociales (Hocol, Propilco, Reficar,
Ecodiesel, entre otras) para dividir a la empresa y obviamente a sus
trabajadores, también tiene inversiones en el exterior, proyectos de
perforación y exploración en México, Perú, Brasil y otros países donde pudiese
expandirse la organización sindical petrolera pero no es tan fácil como lo
pueden hacer los USW con los trabajadores canadienses.
En los USW todo no ha sido tan fácil. En Estados Unidos
este gran sindicato representa a más de 80000 trabajadores de la industria del
petróleo, mientras en Canadá donde también tienen presencia no han podido
organizar ninguno en razón de la presencia de un sindicato grande en ese país,
UNIFOR, que no ha permitido la migración de trabajadores petroleros hacia la
USW lo que demuestra que la lucha de egos y poderes intersindicales también es
un asunto mundial.
Otro de los fenómenos que pude evidenciar del
sindicalismo americano y del cual debe aprender el colombiano es toda la agenda
internacional que permite hacer campañas obreras en redes trasnacionales para
lograr acuerdos y convenios colectivos o mejoras en los temas laborales de los
trabajadores. Los USW no solamente se dedican a organizar a los trabajadores de
EEUU y Canadá sino que cooperan con organizaciones sindicales de varias partes
del mundo, entre esas Colombia, lo que permite imprimirle dinámica a nivel
mundial y globalizar la lucha de los trabajadores del mismo modo como está
globalizada la economía y las empresas. Los USW cooperan con sindicatos fuertes
en Colombia como FENSUAGRO que agrupa a los trabajadores de la agricultura en
el país de la misma manera que mira con lupa el proceso de fusión para la
creación del sindicato único minero energético en el que actualmente participan
los sindicatos SINTRACARBON, SINTRAELECOL y la USO. En este congreso la USO ha pedido a USW que financie un
voluntariado de acompañamiento para su lucha de crecimiento sindical en
multinacionales, lo cual quedó bastante avanzado y seguramente será un hecho
que beneficie a los trabajadores sindicalizados de la industria petrolera
colombiana. A esto se le suma que en medio del tratado de libre comercio TLC
entre Colombia y Estados Unidos se suscribió un “PLAN DE ACCIÓN LABORAL” que incluye mejoras para las condiciones
laborales de los trabajadores en Colombia y que está siendo supervisado en
detalle por el sindicalismo americano quien hace pocos meses concluyó que
después de 3 años de vigencia seguía siendo un fracaso el capítulo laboral que
incluyó el tratado.[8]
Algo abiertamente disímil entre el sindicalismo
colombiano y americano es que el ultimo tiene un alto contenido político
mientras que el primero mantiene en primer lugar el contenido ideológico lo que
puede ser una causa de las debilidades del sindicalismo colombiano. Estado
Unidos es el imperio del capitalismo salvaje, solo lo necesario es controlado
por el Estado, pero ese imperio no considera por ejemplo que las refinerías y
la producción de petróleo deban estar en manos del Estado sino de grandes
corporaciones multinacionales que dominan ese mercado sin ninguna resistencia.
Los trabajadores tampoco pelean por eso, no les interesa que haya soberanía
energética ni de ningún otro tipo. La lucha de los trabajadores americanos es
altamente reivindicativa: mejores salarios, prestaciones, salud, pensiones,
jornadas de trabajo. Eso los convierte en un sindicato muy pragmático, que se
concentra en los asuntos de los trabajadores mientras pierde la atención en
temas que consideran de la agenda política donde también participan.
No obstante lo anterior, los USW tienen alta influencia
política. Senadores, Diputados y otros han sido elegidos de sus filas, de ahí
que tienen control político en la bancada demócrata del parlamento y de ahí su
alta influencia con el mismísimo presidente OBAMA con quienes manifiestan tener
buenas relaciones dado el respaldo que la central AFL-CIO, de la cual hacen parte ellos, le dio a las dos elecciones
del mandatario norteamericano.
Entre tanto el sindicalismo colombiano, mantiene una alta
carga ideológica proveniente de los movimientos de izquierda de los años 20 y
50 que aun plantean por ejemplo la implementación de sistemas comunistas y
socialistas para el país. Las organizaciones sindicales tienen fuerte
influencia de esas corrientes ideológicas que en ocasiones los separan de los
trabajadores y sus problemas situación que hace que en ocasiones éstos no se
sienten representados en grandes sindicatos y optan por sindicatos pequeños
controlados por líderes demasiado pragmáticos y sin visiones políticas e
ideológicas. A esto hay que sumarle que hasta hace menos de 20 años los
movimientos de izquierda que dominaban el sindicalismo en Colombia siempre se
opusieron al sistema democrático establecido y llamaron a la abstención
electoral, aun creían en la toma del poder por la vía armada de ahí la
existencia de los grupos insurgentes y el conflicto interno más antiguo del
mundo. Transformar ese concepto de la democracia en tan poco tiempo ha sido muy
difícil por lo que la representación sindical en el parlamento o en el gobierno
es nula con respecto a los sectores dominantes y la tradicional burguesía.
Considero que el sindicalismo para su crecimiento debe poner SIEMPRE por encima
los intereses de los trabajadores y con ello ponerlos al servicio de la toma
del poder político por el sendero de la democracia constitucional que permita
la transformación de leyes e incluya reformas que beneficien a los
trabajadores. Los trabajadores no pueden ser usados como fortines de los
partidos políticos para esclavizarlos en una lucha extremamente nacionalista o
de izquierda en la que muchos ni creen, mientras sus derechos están al vaivén
de sus patronos. Eso, considero, permitiría la llegada de más afiliados a las
filas sindicales, evitaría el surgimiento de más sindicatos pequeños o de corte
amarillista – patronal y permitiría la llegada de jóvenes y mujeres que
escasean en las organizaciones sindicales colombianas.
El sindicalismo colombiano tiene una gran oportunidad de
crecimiento y sin que implique la legalización de la misma, organizando
trabajadores tercerizados. Este es un debate que aún tienen decenas de
organizaciones sindicales que no han entendido que el fenómeno de la
globalización y de la apertura económica implica el debilitamiento de las
organizaciones sindicales y la precarización de las condiciones laborales para
los trabajadores. Organizar trabajadores tercerizados no porque sí, sino para
que también se puedan para ellos reivindicar un trabajo decente en términos de
la OIT.[9] En
Colombia sindicatos como SINTRATELEFONOS y SINTRALECOL aún se resisten a ello y
se arraigan a los trabajadores directos o de base mientras miles de trabajadores tercerizados de sus sectores
esperan por mejores condiciones laborales.
Como podemos ver existen varios aspectos que se pueden
leer del sindicalismo colombiano, algunos de ellos de carácter externo en los
que podemos influir con la lucha democrática y política, otros de carácter
personalísimo e interno de las organizaciones que puede conjurarse con la
simple voluntad de anteponer los intereses colectivos sobre los individuales
para elevar las precarias tasas de sindicalización y negociación colectiva en
el país[10].
El congreso de la Central de Trabajadores CUT a
celebrarse en septiembre próximo en la ciudad de Santa Martha será una
importante oportunidad para debatir estos importantes asuntos, mientras tanto,
todo seguirá igual.
[1] Trabajo
presentado para la asignatura de Derecho Sindical II para el Dr. Alfonso Bouzas
Ortiz de la Universidad Externado de Colombia, en la Maestría en Derecho del
Trabajo.
[2] Abogado de la
Universidad Cooperativa de Colombia, Especialista en Derecho del Trabajo en la
Universidad Libre de Colombia y candidato a Master en Derecho del Trabajo de la
Universidad Externado de Colombia. Vicepresidente de la Unión Sindical Obrera
de la Industria del Petróleo y miembro de la Asociación de Abogados
Laboralistas de Trabajadores.
[3] ARTICULO 356. SINDICATOS DE TRABAJADORES. <Artículo modificado
por el artículo 40 de la Ley 50 de 1990. El nuevo texto es el siguiente:> Los sindicatos de trabajadores se clasifican
así: a). De empresa, si están formados por individuos de varias profesiones,
oficios o especialidades, que prestan sus servicios en una misma empresa,
establecimiento o institución; b). De industria o por rama de actividad
económica, si están formados por individuos que prestan sus servicios en varias
empresas de la misma industria o rama de actividad económica; c). Gremiales, si
están formados por individuos de una misma profesión, oficio o especialidad,
d). De oficios varios, si están formados por trabajadores de diversas
profesiones, disímiles o inconexas. Estos últimos sólo pueden formarse en los
lugares donde no haya trabajadores de una misma actividad, profesión u oficio
en número mínimo requerido para formar uno gremial, y solo mientras subsista
esta circunstancia.
[4] “Los trabajadores y los empleadores, sin ninguna distinción y sin
autorización previa, tienen el derecho de constituir las organizaciones que
estimen convenientes, así como el de afiliarse a estas organizaciones, con la
sola condición de observar los estatutos de las mismas.”
[5] Sentencia del 11 de noviembre de 2010, rad.
11001-03-25-000-2003-00071-01
[6] Al
respecto leer otro artículo de mi autoría en http://laboralistapalma.blogspot.com/2014/07/los-pactos-colectivos-y-los-manuales-de.html
[7] T-215 de 2006 MP: MARCO
GERARDO MONROY CABRA
[8] http://ens.org.co/apc-aa-files/45bdec76fa6b8848acf029430d10bb5a/plan_de_acc_n_informe_completo.pdf consultado 17 de agosto de 2014. http://www.eltiempo.com/archivo/documento/CMS-13791464 consultado 17 de agosto de 2014
[9]
El trabajo decente es un concepto propuesto por la Organización Internacional
del Trabajo que establece las condiciones que debe reunir una relación laboral
para cumplir los estándares laborales internacionales, de manera que el trabajo
se realice en forma libre, igualitaria, segura y humanamente digna. Al respecto
ver: http://www.oit.org/public/spanish/standards/relm/ilc/ilc87/rep-i.htm
http://www.ilo.org/americas/sala-de-prensa/WCMS_LIM_653_SP/lang--es/index.htm
consultados el 17 de agosto de 2014 10:04am
[10]
Fuentes Oficiales señalan que la
tasa de sindicalización es inferior al 4% de la Población Económicamente Activa
mientras la de negociación colectiva apenas bordea el 2%.
Buena experiencia. A veces manifestamos casi en automático que el sindicalismo Norteamericano y el Europeo hacen parte de un modelo corporativista, que no es de clase, que es de la social democracia…etc. Es cierto, se pueden encontrar algunos rasgos de esos esquemas ideológicos, como en todas partes, pero lo único cierto es que en el viejo continente y en Norteamérica hay organizaciones sindicales muy fuertes e incidentes, algo de lo cual estamos realmente distantes.
ResponderBorrar