viernes, 6 de febrero de 2015

Avanzamos en el derecho de huelga para los trabajadores petroleros.


Personalmente creía que todo estaba dicho sobre el derecho de huelga para los trabajadores petroleros en razón a la expedición de la sentencia C-450 de 1995 que había declarado constitucional el literal h) del artículo 430 del vetusto Código Sustantivo del Trabajo, no obstante lo anterior me di a la tarea de recopilar nuevos argumentos para deshacer el argumento de la existencia de cosa juzgada constitucional. La realidad de la industria y el debate internacional sobre el derecho de huelga fueron suficientes para ello.
La Corte Constitucional mediante la sentencia C-796/14 permitió el debate en el que participo la academia, los sindicatos y empleadores del gremio y que terminó por darle la razón al Ministerio Publico quien había señalado que era necesario declarar exequible la prohibición pero exhortando al Congreso a legislar sobre la materia.

No obstante lo anterior hubo un significativo avance en materia de huelga para los trabajadores petroleros del país por varias razones a considerar:

  1. La Corte Constitucional desechó que había cosa juzgada constitucional
  2. La Corte consideró que el derecho de huelga en el sector petrolero no estaba prohibida en sentido estricto sino que estaba limitada en tanto no pusiera en peligro el “abastecimiento normal de combustibles del país”.
  3. Consideró que esa frase era muy amplia, extensa y se prestaba para limitar el ejercicio de derecho de huelga de los trabajadores.
  4. Ordenó –por tercera vez- al congreso legislar sobre la materia considerando los límites establecidos por la doctrina de la OIT y la realidad material de nuestro país
  5. Uno de los apartes mas importantes de la sentencia que interpreta la norma legal demandada y servirá para un posible debate judicial señala con precisión que:


“…lo primero que debe indicarse es que esta disposición no excluye totalmente la huelga en el sector de los hidrocarburos, sino que la permite, siempre y cuando no se comprometa el abastecimiento normal de combustibles del país, es decir, garantiza la posibilidad de que se ejerza este derecho bajo una condición material que depende del contexto concreto del suministro de hidrocarburos en el país…”

Lo que lleva a decir que cualquier huelga en el sector petrolero que no amenace el suministro de combustibles del país está permitida y puede ejercerse.


Ahora solo resta buscar que algún congresista interesado en estas causas laborales y sociales asuma la iniciativa.

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