Personalmente creía que todo estaba
dicho sobre el derecho de huelga para los trabajadores petroleros en razón a la
expedición de la sentencia C-450 de 1995 que había declarado constitucional el
literal h) del artículo 430 del vetusto Código Sustantivo del Trabajo, no
obstante lo anterior me di a la tarea de recopilar nuevos argumentos para
deshacer el argumento de la existencia de cosa juzgada constitucional. La
realidad de la industria y el debate internacional sobre el derecho de huelga
fueron suficientes para ello.
La Corte Constitucional mediante la
sentencia C-796/14 permitió el debate en el que participo la academia, los
sindicatos y empleadores del gremio y que terminó por darle la razón al
Ministerio Publico quien había señalado que era necesario declarar exequible la
prohibición pero exhortando al Congreso a legislar sobre la materia.
No obstante lo anterior hubo un
significativo avance en materia de huelga para los trabajadores petroleros del
país por varias razones a considerar:
- La Corte Constitucional desechó que había cosa juzgada constitucional
- La Corte consideró que el derecho de huelga en el sector petrolero no estaba prohibida en sentido estricto sino que estaba limitada en tanto no pusiera en peligro el “abastecimiento normal de combustibles del país”.
- Consideró que esa frase era muy amplia, extensa y se prestaba para limitar el ejercicio de derecho de huelga de los trabajadores.
- Ordenó –por tercera vez- al congreso legislar sobre la materia considerando los límites establecidos por la doctrina de la OIT y la realidad material de nuestro país
- Uno de los apartes mas importantes de la sentencia que interpreta la norma legal demandada y servirá para un posible debate judicial señala con precisión que:
“…lo primero que debe indicarse es que esta disposición no excluye
totalmente la huelga en el sector de los hidrocarburos, sino que la permite,
siempre y cuando no se comprometa el abastecimiento normal de combustibles del
país, es decir, garantiza la posibilidad de que se ejerza este derecho bajo una
condición material que depende del contexto concreto del suministro de
hidrocarburos en el país…”
Lo que lleva a decir que cualquier
huelga en el sector petrolero que no amenace el suministro de combustibles del
país está permitida y puede ejercerse.
Ahora solo resta buscar que algún congresista
interesado en estas causas laborales y sociales asuma la iniciativa.
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